Qué es un autónomo colaborador en España y a qué se enfrenta
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Un autónomo colaborador es un familiar directo (como el cónyuge o un hijo) que trabaja de forma habitual y continua en el negocio de un autónomo titular. No tiene actividad propia ni contrato laboral, pero debe darse de alta en la Seguridad Social como colaborador. Esta figura permite regularizar el trabajo en negocios familiares y acceder a bonificaciones fiscales.
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¿Qué es un autónomo colaborador?
Un autónomo colaborador es un familiar directo de un autónomo titular que trabaja con él de forma habitual y continua en su actividad económica. Esta figura está pensada para negocios familiares, donde cónyuges, hijos u otros parientes colaboran sin necesidad de crear una relación laboral ordinaria.
La clave es que el autónomo colaborador no es un trabajador por cuenta ajena. Tampoco tiene una actividad propia. Su labor consiste en apoyar directamente al autónomo titular, y debe darse de alta en la Seguridad Social como tal. Esto permite regularizar su situación y acceder a ciertas bonificaciones.
Requisitos de un autónomo colaborador
Para ser considerado autónomo colaborador, hay que cumplir algunos requisitos básicos. El primero es el vínculo familiar: debe tratarse de cónyuge, pareja de hecho, hijo, padre, madre u otro familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.
También es necesario convivir con el autónomo titular o estar a su cargo. Y, por supuesto, la colaboración debe ser habitual. Es decir, no se trata de un apoyo puntual. Hay que formalizar el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) como colaborador y comunicar esta situación a la Seguridad Social.
Un autónomo puede contratar a un familiar, ¿cierto o falso?
Contratar a un familiar puede hacerse de dos formas: como trabajador por cuenta ajena o como autónomo colaborador. Ambas vías son legales, pero tienen implicaciones distintas. Es falso que no se pueda contratar a un familiar, aunque hay matices.
La Seguridad Social vigila que no se utilice el contrato por cuenta ajena para eludir costes. Por eso, cuando hay convivencia, se exige justificar la relación laboral o acogerse a la figura del colaborador. En definitiva, un autónomo puede contratar a un familiar, pero bajo las condiciones adecuadas.
Autónomo familiar
- Debe haber vínculo directo hasta segundo grado.
- Es necesario que la colaboración sea habitual.
- Se aplica la figura del autónomo colaborador.
Socio colaborador
- Aplica en sociedades donde el familiar tiene participación.
- Suele combinar funciones laborales con participación en el capital.
- Se da de alta como autónomo societario.
Empleado autónomo
- Es un trabajador autónomo con actividad propia.
- Puede facturar a un familiar, pero debe demostrar independencia.
- No entra en la figura del colaborador ni en la del asalariado.
¿Un autónomo colaborador tiene derecho a paro?
No, los autónomos colaboradores no tienen derecho a paro. Esto se debe a que no cotizan por la contingencia de cese de actividad, que es la que da acceso a la prestación por desempleo.
Por tanto, si finaliza la colaboración con el autónomo titular, el colaborador no podrá acceder al paro como un trabajador por cuenta ajena. Es un aspecto importante a tener en cuenta antes de formalizar este tipo de alta. Para cubrirse, puede ser recomendable estudiar seguros privados o alternativas fiscales.
Bonificación autónomos colaboradores
Una de las grandes ventajas de esta figura es que existen bonificaciones en la cuota de la Seguridad Social. Durante los primeros 18 meses, los autónomos colaboradores pueden beneficiarse de una bonificación del 50%. Luego, durante los siguientes 6 meses, la bonificación es del 25%.
Esto supone un ahorro significativo en los primeros dos años. Además, permite regularizar situaciones que antes se manejaban sin cotización. Especialmente en el caso de mujeres emprendedoras, parejas o hijos que trabajan en negocios familiares, esta figura ofrece seguridad legal y cobertura sanitaria.
Preguntas frecuentes
Ahora que sabes qué es autónomo colaborador, puedes valorar si esta figura se adapta a tu situación familiar o profesional. En TeGestionamos te orientamos sobre los pasos a seguir, bonificaciones disponibles y cómo optimizar tus recursos fiscales. Si formas parte de un negocio familiar o estás pensando en incluir a alguien de confianza en tu actividad, cuenta con nuestro equipo.
¿Qué implica ser autónomo colaborador?
- Trabajar para un familiar autónomo de forma habitual.
- Darse de alta en el RETA como colaborador.
- No tener una actividad propia ni relación laboral ordinaria.
¿Cuánto paga un autónomo colaborador en España?
- La misma cuota que un autónomo general, salvo bonificaciones.
- En 2025, la cuota base ronda los 294 euros mensuales.
- Con bonificación del 50%, pagaría 147 euros los primeros 18 meses.
¿Cuáles son las obligaciones de un autónomo colaborador?
- Darse de alta en Hacienda (modelo 036/037).
- Inscribirse en la Seguridad Social.
- No está obligado a presentar IVA ni IRPF trimestral.
- Conservar justificantes y estar al día en pagos.
¿A qué edad se jubila un autónomo colaborador?
- Igual que el resto de autónomos.
- En 2025, la edad legal es de 66 años y 6 meses.
- Puede jubilarse antes si ha cotizado más de 37 años y 9 meses.
Acerca del autor

Clara Isabel Muñoz Lara
Con un título en Administración de Empresas de la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez de Venezuela, soy una redactora SEO especializada. Mi experiencia me permite crear contenido de valor para blogs profesionales, abarcando desde artículos empresariales y de contaduría hasta temas legales, siempre con un enfoque informativo y veraz.
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