¿Se puede facturar sin ser autónomo? Todo lo que debes saber
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Se puede facturar sin ser autónomo es una de las preguntas más frecuentes cuando damos nuestros primeros pasos como freelancers, creativos o emprendedores. Queremos cumplir con Hacienda, pero sin asumir los costes de alta si todavía estamos empezando. Por eso, en este artículo resolvemos tus dudas, y haciendo clic aquí puedes conocer cuándo se declaran las retenciones de profesionales.
Así podrás decidir con claridad y seguridad.
Se puede facturar sin ser autónomo, ¿sí o no?
La respuesta corta es: NO.
Siempre es obligatorio darse de alta como autónomo para emitir una factura, incluso si vamos a emitir solo una o dos facturas al año, sin que la actividad sea habitual ni nuestra fuente principal de ingresos.
La clave está en la palabra “habitual”:
- Si realizamos trabajos esporádicos, sin continuidad ni organización profesional, incluso así debemos emitir una factura como persona física.
Modelo factura autónomos
Cuando emitimos una factura, debe contener datos obligatorios que son iguales tanto para autónomos como para quienes facturan de forma puntual como persona física. El modelo debe incluir:
- Nombre completo y DNI o NIE
- Dirección fiscal
- Datos del cliente
- Fecha de emisión
- Descripción del servicio prestado
- Base imponible, tipo de IVA y total
- Retención de IRPF si aplica.
Los autónomos deben reflejar además su número de alta en el censo de empresarios y su número de IVA (si están registrados para ello). En cambio, si se puede facturar sin ser autónomo por tratarse de una actividad puntual, bastará con indicar los datos personales y registrar la operación mediante el modelo 036 o 037.
¿Cómo hacer factura siendo autónomo?
Debemos darnos de alta en Hacienda como profesionales por cuenta propia. Para ello, es necesario presentar el modelo 036, informando que vamos a realizar una actividad económica concreta.
Una vez presentado este modelo, podemos emitir una factura válida. Eso sí:
- Deberemos aplicar el IVA correspondiente y, si es un servicio profesional, también retener el IRPF del 15% (o 7% si somos nuevos profesionales).
- Además, será obligatorio presentar las autoliquidaciones trimestrales con el modelo 130 (IRPF) y el modelo 303 (IVA), y la declaración anual modelo 390.
- También debemos saber cuándo se declaran las retenciones de profesionales, ya que los clientes deben ingresarlas a Hacienda en los plazos fijados por ley.
- Al mismo tiempo que nos damos de alta en la Agencia tributaria, al mismo tiempo o antes debemos darnos de alta como Autónomos en Seguridad Social.
¿Se puede facturar sin ser autónomo?
Esta es una de las dudas más repetidas. No existe un importe fijo exento, como muchos piensan. No hay una cifra mágica como “3.000 euros al año” que nos exima automáticamente del alta como autónomos. El criterio que aplica la Seguridad Social es la habitualidad de la actividad más que el volumen de ingresos.
A pesar que hay algunas sentencias que han considerado que si no se supera el Salario Mínimo Interprofesional anual (SMI) y no se trata de una actividad continuada, no sería necesario darse de alta en el RETA, es verdad, que a práctica diario de la Asesoría de TeGesitonamos, nos encontramos con numerosas diligencias ante las Inspección de Trabajo, con expedientes sancionadores que luego nos toca defender ante los Tribunales de Justicia.
A mayores, Hacienda sí exigirá que se declare el ingreso y se paguen los impuestos correspondientes. Por eso, recomendamos No facturar sin ser autónomo, y siempre debemos asesorarnos y declarar lo ganado correctamente.
Riesgos de facturar sin ser autónomo
Además de las complementarias de Inspección de Trabajo que comentábamos antes, facturar sin estar dado de alta como autónomo puede parecer inofensivo cuando se hace de manera puntual. Sin embargo, si la actividad se convierte en algo habitual o si los ingresos se repiten en el tiempo, la Seguridad Social y Hacienda tienen filtros para saber si un contribuyente está facturando en hacienda y sin embargo no está de alta como autónomo.
El principal riesgo es que nos den de alta de oficio en el RETA con efecto retroactivo, obligándolos a pagar todas las cuotas impagadas desde que iniciamos la actividad, y sanción desde la Inspección de Trabajo.
A esto se le suman intereses, recargos e incluso sanciones económicas por no cumplir con las obligaciones fiscales. Además, si el cliente no ha ingresado correctamente las retenciones de IRPF o no ha declarado el IVA, la responsabilidad también podría recaer sobre nosotros.
Multa por facturar sin ser autónomo
Las sanciones por emitir facturas de forma continuada sin estar dados de alta pueden ser considerables. La Seguridad Social podría imponer una multa de entre 300 y 3.000 euros, dependiendo del caso. Si además se prueba que existió habitualidad, tendremos que pagar todas las cuotas atrasadas, con un recargo del 20% y los intereses de demora correspondientes.
Desde el punto de vista fiscal, Hacienda también puede penalizarse por no haber presentado las autoliquidaciones de IVA o IRPF. Incluso si declaramos el ingreso en la declaración anual, la omisión de las obligaciones trimestrales o del alta censal puede generar problemas. Por eso, aunque se puede facturar sin ser autónomo en ciertas ocasiones, siempre conviene hacerlo bajo el respaldo de una gestoría o un servicio especializado.
Empresas que facturan por ti
Una alternativa que ha ganado popularidad en los últimos años son las empresas que facturan por ti. Estas plataformas permiten a personas que realizan trabajos puntuales emitir facturas sin estar dadas de alta como autónomos, utilizando la estructura legal de la empresa. Es decir, tú ofreces el servicio, pero la factura se emite a nombre de la cooperativa o empresa intermedia. Luego, ellos te pagan como si fueras un trabajador por cuenta ajena o un socio colaborador temporal.
Este sistema puede parecer útil en situaciones muy concretas, como cuando realizamos una colaboración puntual, no superamos el SMI o queremos probar un modelo de negocio sin asumir todos los costes desde el principio. Sin embargo, hay que tener cuidado, estas operaciones son miradas con lupa desde la Inspección de Trabajo.
Riesgos de recurrir a empresa que facturar por ti
Algunas de estas empresas han sido cuestionadas por no cumplir correctamente con la normativa laboral y fiscal. Si la Seguridad Social detecta fraude, puede exigirnos el alta retroactiva o incluso sancionar tanto al trabajador como a la plataforma. Por eso, si valoramos esta opción, conviene elegir una entidad fiable, revisar bien el contrato y asegurarse de que actúan conforme a la ley.
Preguntas frecuentes
A continuación, respondemos las dudas más comunes que recibimos cuando alguien nos consulta si se puede facturar sin ser autónomo. Estas respuestas te ayudarán a evitar errores y aclarar el camino si estás comenzando.
¿Cuánto puedo facturar sin ser autónomo?
No hay una cifra establecida por ley. Lo importante es que la actividad no sea habitual ni profesionalizada. Si no superamos el SMI anual (unos 15.000 € brutos en 2025) y no tenemos actividad regular, podría no ser obligatorio el alta en RETA. Pero sí será necesario declarar los ingresos a Hacienda.
¿Cómo emitir una factura sin ser autónomo?
Debes darte de alta en Hacienda con el modelo 036 o 037. Luego, puedes emitir tu factura con IVA y retención de IRPF (si aplica). Es fundamental guardar todos los documentos y cumplir con las obligaciones fiscales trimestrales y anuales.
¿Qué pasa si emito una factura y no soy autónomo?
Si se demuestra que tu actividad es habitual o que los ingresos son estables, podrías recibir una sanción por no estar en el RETA. Hacienda también puede sancionar si no declaraste los impuestos derivados de esa factura. Siempre es mejor consultar con una asesoría antes de emitir la primera factura.
Acerca del autor

Clara Isabel Muñoz Lara
Con un título en Administración de Empresas de la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez de Venezuela, soy una redactora SEO especializada. Mi experiencia me permite crear contenido de valor para blogs profesionales, abarcando desde artículos empresariales y de contaduría hasta temas legales, siempre con un enfoque informativo y veraz.
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